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Universidad Pedagógica Experimental Libertador Instituto Pedagógico Rural "El Mácaro" FRENTE INSTITUCIONAL MACARINO Documentos oficiales - Página 1 -
Caracas :: 05 de Octubre de 2000 Ciudadano Prof. Enrique Ravelo Rector de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador Su Despacho Me dirijo a usted en la oportunidad de informarle que ante esta Dirección han sido consignadas, mediante escrito y documentales de apoyo, un cuerpo de denuncias relativas a la organización y funcionamiento del Instituto Pedagógico rural El Mácaro de esas Universidad, que hemos estimado conviniente remitir a ese Rectorado para su consideración y debida substanciación previa, lo cual nos permitirá conocer y valorar integralmente la magnitud de las mutuas imputaciones y reconvenciones que públicamente han venido debatiendo la gerencia del Instituto y los miembros del personal docente representados por la dirigencia gremial local. La revisión de los recaudos acompañados denota la posición crítica y divergentes de un grupo de profesores que se sienten afectados en sus derechos a la igualdad de participación y al tratamiento uniforme concernientes a la totalidad de los profesores, garantizados en la reglamentación institucional que establece los procedimientos administrativos a cumplirse para el cabal desenvolvimiento de las actividades académico-administrativas. En tal sentido, se solicita la práctica de una auditoría académica externa para constatar el apego a la legalidad en cuanto a las designaciones de los Jefes de Unidad y de los Coordinadores de Programas, puen en algunos casos, según los denunciantes sostienen, los nombramientos han sido efectuados en ausencia de los requisitos establecidos en la normativa interna, en lo tocante a la categoría académica y el perfil de los cargos, lo cual podría configurar un incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 67 y 69 del Reglamento General de la Universidad. Igualmente, se justificaría la auditoría académica solicitada en relación con la tramitación de los cambios de dedicación indicados, toda vez que la lectura de los recaudos acompañados refleja poca claridad en los procedimientos seguidos y ausencia de razonamientos de hecho y de derecho para sustentar los casos rechazados, habida cuenta que estos últimos aparentemente completaron los parámetros de participación en iguales condiciones que quienes salieron favorecidos. Del mismo modo, se cuestiona la pertinencia y la conveniencia institucional en relación con la apertura de concursos y se alega que son convocados sin una previa evaluación de necesidades, no obstante existir recursos docentes internos disponibles, circunstancia que podría configurar la desviación o incumplimiento de las disposiciones reglamentarias en materia de concursos. En el mismo orden, cabe destacar que entre los recaudos de apoyo acompañados se incluyó copia de un documento identificado como Informe Nro. 02-Auditoría de Gestión IPR El Mácaro, en cuya introducción se indica que fue realizada a instancia del Rector de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (comunicación REC/99-230) en cuyo texto se expresan importantes observaciones referidas a ciertas deficiencias de la Dirección del Instituto en materia de control interno. Se anota el incumplimiento de los procedimientos de ocmpra; la ausencia de control previo de contrataciones de personal; la subutilización de la carga académica asignada al personal docente y la consiguiente contratación por vía de honorarios profesionales, de recursos docentes externos; dispersión de los procedimientos de captación y control de los ingresos propios del instituto, puesto que éstos son percibidos por una Fundación (Fundación Mácaro). En el manejo del Fondo de Extensión se encontró infracciones a las Normas Transitorias para la Centralización Contable, así como otras inexactitudes en cuanto a la administracion de los Fondos de Extensión en Apure, donde se recibía dinero en efectivo, sin comprobación, reseñándose que así se recibieron 865.000 en 1998, provenientes de cursos impartidos, que no fueron depositados en el Banco, situación que fue denunciada como hurto por la Coordinación de Extensión imputándose a una secretaria la presunta comisión del hecho punible. En síntesis, se lee en el respectivo Informe que "el Control Interno existente en el Instituto no satisface suficientemente las necesidades de una sana administración". Ante los señalamientos anteriores y las especificaciones que en relación con los mismos están contempladas en el capítulo de Recomendaciones; y, visto que en algunos aspectos podría haber coincidencias con lo sugerido en las denuncias, creemos oportuno y conveniente que el Consejo Universitario evalúe y establezca los correctivos o medidas indispensables para mejorar el funcionamiento y la administración del Instituto, proposición que efectuamos con fundamento en las conclusiones de la citada auditoría de gestión, que imponen la obligación a las autoridades universitarias de darles seguimiento y de garantizar que se corrijan y subsanen los procedimientos desviados o incumplidos; actuación esta que concierne al Consejo Universitario, a tenor de lo dispuesto en los numerales 1, 15, 31 y 34 del artículo 20 del Reglamento General de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador. En definitiva, expreso a usted el decidido interés de esta Dirección en la solución de las situaciones irregulares y de las eventuales desviaciones sugeridas; todo dentro del marco reglamentario institucional que reserva al Consejo Superior el diseño de la política general de la Universidad y la responsabilidad de determinar los planes de desarrollo, de aprobar el presupuesto y de evaluar el cumplimiento de los objetivos de la institución; y dado que en la conformación de dicho organismo superior fue prevista la participación como integrantes del Ministro de Educación (actualmente de Educación, Cultura y Deportes) quien lo preside, del Director General Sectorial de Planificación y Presupuesto; de los Directores hoy Viceministros de Educación Superior y de Educación Básica, Media Diversificada y Profesional de dicho Despacho y del Director de la Oficina de Planificación del Sector Universitario, de conformidad en lo dispuesto en los artículos 13, 14 y 15, numerales 1, 2, 3 y 4 del prenombrado Reglamento General. Remito, a los fines indicados los documentos aludidos en el texto y quedamos en espera de la debida y oportuna respuesta. Atentamente, Luis Fuenmayor Toro Director Anexo: lo indicado
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